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Alivio fiscal para monotributistas y autónomos

Desde hoy rigen nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos en todo el país, lo que significa un beneficio para millones de argentinos que están en esta condición. Te contamos en esta nota los nuevos montos establecidos a partir de la Ley de Alivio Fiscal.

1 de julio de 2022
en Actualidad

El jueves 30 el Senado aprobó por unanimidad la ley de Alivio Fiscal, la cual actualiza los topes de facturación para evitar que los más de 4 millones de monotributistas que actualmente hay en el país paguen mayores cuotas como consecuencia del cambio en las categorías. Al mismo tiempo, se aumentan las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.

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Uno de los puntos más destacables de la ley tiene que ver con la suba, en un 60%, del monto tope de las primeras cuatro categorías del monotributo, en tanto las restantes se elevan un 29%. Por otro lado, para las dos primeras categorías se eliminó el pago del componente impositivo, trasladando la cuota mensual a $ 288 (categoría A) y $ 555 (categoría B).

Cabe resaltar que este beneficio es para los monotributistas que no tienen otros ingresos, ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles. Con respecto a los autónomos, se modificó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y se triplicó la de los nuevos profesionales.

El proyecto fue abordado en un debate breve, con pocas intervenciones, para que pudiera quedar sancionado durante el jueves 30 y evitar que las nuevas escalas se disparen a partir del 1 de julio.

De esta manera, según precisa la ley, no se incluirá un aumento en las cuotas mensuales a pagar, sino que habrá una actualización de los topes máximos de facturación para que los monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado.

Entonces, a partir del viernes 1 de julio, la facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será:

  • Categoría A: $ 748.382
  • Categoría B: $ 1.112.459 la B
  • Categoría C: $ 1.557.443
  • Categoría D: $ 1.934.273
  • Categoría E: $ 2.277.684,56
  • Categoría F: $ 2.847.105,70
  • CategoríaG; $ 3.416.526,83
  • Categoría H: $ 4.229.985,60
  • Categoría I: $ 4.734.330,03
  • Categoría J: $ 5.425.770,00
  • Categoría K: $ 6.019.594,89

Fuente: Télam
Imágenes: Prensa Senado

Etiquetas: EconomiaNacionalesTrabajo
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